Archive for the
‘Psicologia forense’ Category

Una aproximación al Trastorno por Estrés Postraumático Complejo (TEPTC)

Cuando una persona vive un acontecimiento repentino e inesperado, imposible de manejar, que afecta a su integridad y como consecuencia la persona queda afectada psicológica y emocionalmente, hablamos de trauma.

Los estudios sobre el concepto de trauma son relativamente recientes, no surgieron en la literatura científica hasta el siglo XIX con el psicoanálisis. Pero fue con el estudio de los efectos que sufrían (no solo durante sino también posteriormente) los excombatientes de las guerras, como la de Vietnam, cuando adquirió relevancia.

Esos casos ayudaron a entender que el trauma hace referencia al desbordamiento de las capacidades de afrontamiento y proceso de desconexión del propio cuerpo que se producen en la persona frente a una situación terrible que ocurre en su entorno, provocando experiencias de completa indefensión y desesperanza.

A partir de ahí se definió el concepto de Trastorno de estrés postraumático (TEPT), y fue reconocido por los manuales de clasificación diagnóstica en 1980. Con el tiempo se dieron cuenta que este concepto tenía carencias, ya que no podía explicar mucha de la sintomatología que expresaban víctimas de procesos de traumatización sostenida en el tiempo e infligidos por figuras principales de apego.

Fue en 1991, cuando la psiquiatra Leonore Terr propuso distinguir 2 tipos de trauma en la infancia: el trauma Tipo 1 que consistía en un trauma repentino y único, y el trauma Tipo 2 que se caracterizaba por traumas múltiples y crónicos, con síntomas más graves y estables. Pero es la psiquiatra Judith Herman, en 1992, que va un poco más lejos y ya introduce los conceptos de Trauma complejo y Trastorno de estrés postraumático complejo (TEPTC), con la intención de diferenciarlos claramente del TEPT, muy vinculado a la sintomatología de los excombatientes de la guerra que hemos comentado antes.

En el caso del Trastorno por Estrés Postraumático Complejo (TEPTC), el proceso de traumatización se ha iniciado, principalmente, en edades tempranas, a partir de procesos de victimización sostenidos en el tiempo y ejercidos por figuras de apego principales, con las que la víctima ha mantenido una relación de confianza. El desarrollo de la personalidad en estos contextos traumáticos provoca un daño estructural en la víctima, condicionando sus patrones de funcionamiento, los cuales permanecerán en la sumisión, la acomodación y el colapso, incidiendo en el desarrollo de mecanismos de afrontamiento funcionales que le permitan escapar.

El desarrollo de los síntomas se vincula al nivel de desconexión que el cuerpo ha sufrido en el momento del/los sucesos/s traumático/s así como al nivel de energía de supervivencia (lucha o huida) que no fue utilizado cuando se enfrentó el terror a través de la parálisis (que es la respuesta biológica cuando la huida o la lucha no son, o no se perciben posibles, frente a la amenaza). Debido a que, en la respuesta de parálisis, los mecanismos fisiológicos de lucha y huida se han activado igualmente pero no se han puesto en funcionamiento, pueden quedar completamente operativos. Si esto ocurre, es decir, si el cerebro no ha encontrado la oportunidad de “encontrar una salida o una solución” a la situación de amenaza, la energía que ha activado quedará pendiente de utilizarse, dejando al cerebro desconectado de sí mismo y del entorno, buscando una solución a la vivencia no resuelta y provocando la sintomatología propia del TEPTC.

La diferencia entre el TEPT y el TEPTC se encuentra, por tanto, por la repetición del trauma relacional en el TEPTC, su inicio en edades tempranas, principalmente, la prolongación en el tiempo y la imposibilidad de escapar de él. No se trata sólo de haber estado expuesto/a a un “acontecimiento traumático” sino de vivir o haber vivido en un “contexto traumático”. Así, el daño sufrido no ha sido puntual sino estructural porque el medio, el entorno de confianza y de crianza ha sido el propio abuso. Se ha crecido o se ha permanecido en la traumatización misma, que se ha llegado a normalizar, sin poder tomar conciencia del abuso que se sufre, lo cual permitiría ponerle fin y validar la historia de dolor que se mantiene presente a nivel corporal y emocional.

Las causas más comunes que provocan traumatización de tipo complejo vendrán derivadas principalmente de experiencias de abuso sexual infantil sostenido en el tiempo, violencia doméstica prolongada, tortura, esclavitud, campañas de genocidio, procesos migratorios, etc.

Para poder explicar el desarrollo del TEPTC en cada caso, será importante tener en cuenta aquellos factores de riesgo que permitan explicar por qué las víctimas son más vulnerables de sufrir experiencias traumáticas y de no desarrollar adecuadas estrategias de autoprotección.

Los Factores de Riesgo más importantes a tener en cuenta son:

  1. Características del evento traumático. Existen tres aspectos principales susceptibles de agravar la sintomatología:
    • Percepción de la experiencia como muy negativa.
    • Sensación de falta de control sobre lo que está ocurriendo.
    • Carácter repentino e inesperado del evento.

A mayor intensidad, duración y frecuencia del/los evento/s traumático/s, más grave será la afectación. Los eventos traumáticos causados por el ser humano y, especialmente, si son intencionados y causados por figuras de confianza, en edades tempranas de las víctimas, tienen mayor probabilidad de generar trastorno que los acontecimientos que provienen de fenómenos de la naturaleza.

  1. Contexto situacional. La situación vital en que se encuentre la persona podrá constituir un factor de predisposición a asumir conductas de sumisión frente a situaciones o contextos traumáticos, debido a las necesidades que todo ser humano tiene de recibir protección y cobijo desde que nace. Esto ocurre especialmente cuando existen experiencias traumáticas previas, situación familiar conflictiva, separación de los progenitores, ausencia de apoyo percibido, problemas económicos o de salud importantes y/o amenaza percibida para la vida.
  2. Variables biológicas. Pueden suponer factores de vulnerabilidad frente al evento traumático, principalmente cuando exista algún tipo de discapacidad, psicopatología previa de la víctima o familiar y, en especial, en trastornos de personalidad y de conducta.
  3. Variables psicológicas. Como pueden ser los deficientes recursos psicológicos, baja autoestima, edades tempranas, baja calidad o dificultades en las relaciones afectivas, percepción de pérdida de control frente a situaciones que resultan amenazantes, sentimientos de culpa o vergüenza y/o una elevada intensidad de la respuesta emocional.

En el momento de la evaluación psicológica-forense será importante analizar los diversos factores de riesgo, situándolos cronológicamente en los diferentes momentos propios del proceso de traumatización: Durante la situación previa a la vivencia traumática, durante la exposición al evento, en el período inmediato posterior y durante el tiempo transcurrido hasta la evaluación.

Así pues, reconocer la complejidad del TEPTC y sus afectaciones nos brinda una perspectiva más completa para ofrecer, no solo un diagnóstico más específico, sino también intervenciones terapéuticas y de apoyo adecuadas.


BIBLIOGRAFIA:

  • Santos Ruiz, et al. (2020) 02. Manual CEDE de preparación PIR. Psicología Clínica. Volumen I. Centro documentación de estudios y oposiciones.
  • Terr, L.(1991). Traumas en la Infancia: Esquema y resumen. American Journal of Psychiatry. 148, 10-20.
  • Van der Kolk, B. (2015). El cuerpo lleva la cuenta: Cerebro, mente y cuerpo en la superación del trauma. Eleftheria

Autoras:

Elena Hernández  (psicóloga colegiada 23300) en colaboración con Cristina Pallares (psicóloga colegiada 31962)

La evaluación de la Capacidad Intelectual en el entorno penal

El caso del Parricidio de Vilanova

El 8 de junio de 2019, en Vilanova i la Geltrú, Ismael apuñaló a su padre y prendió fuego a la casa familiar con el cuerpo dentro. Él declaró que su amiga Alba le había dicho que tenía que hacerlo porque el padre de Ismael era miembro de la mafia y corrían peligro. Una historia rocambolesca llena de giros inesperados a medida que se fueron descubriendo los detalles.

Tras la detención se diagnostica a Ismael de esquizofrenia paranoide y se valora que el asesinato se produjo en pleno brote psicótico. La fiscalía sostuvo que Alba manipuló a Ismael para cometer el crimen y por tanto era responsable de inducción al asesinato.

Reclamaba 35 años de prisión para Alba, por incendio, inducción al asesinato y estafa. Para Ismael reclamaba el internamiento en un psiquiátrico por un máximo de 25 años, al aplicarle la eximente completa por trastorno mental. La defensa de Alba, por su parte, solicitó la absolución y en su informe inicial dibujó a una chica que era incapaz de manipular mentalmente a nadie y, menos aún, incitar a cometer un crimen, culpando al exnovio de la chica de inventarse la trama y que ella le hizo caso porque la maltrataba.

Ya nadie pone en duda que se deba tener en cuenta el estado mental de la persona acusada para que ésta pueda tener un juicio justo y objetivo. Se evalúa y se tiene en cuenta si padece algún trastorno mental para valorar su responsabilidad criminal e imputabilidad.

Pero… ¿qué pasa con la capacidad intelectual de los acusados?

La evaluación de la capacidad intelectual desempeña un papel crucial, contribuyendo de manera significativa a la objetividad en los juicios. La comprensión precisa de la capacidad intelectual de una persona es esencial para garantizar un proceso judicial justo y equitativo.

La capacidad intelectual abarca diversos aspectos, incluyendo la cognición, la memoria, la toma de decisiones y la comprensión de las consecuencias de las acciones. Uno de los aspectos clave es determinar si el/la acusado/a tiene la capacidad de comprender la naturaleza y gravedad de los cargos en su contra y de participar de manera efectiva en su propia defensa.

Estas evaluaciones son llevadas a cabo por profesionales de la psicología y la psiquiatría, quienes aplican pruebas estandarizadas y entrevistas clínicas para obtener una comprensión completa de la capacidad mental del individuo en cuestión.

En el caso que nos ocupa, Elena Hernández fue una de las psicólogas forenses que llevó a cabo la evaluación de Alba para el juicio. Fue la única perito que evaluó la capacidad intelectual de la chica, constatando que sus capacidades intelectuales eran limitadas para poder idear toda esa trama.

Sus evaluaciones se llevaron a cabo de manera ética y profesional, respetando la dignidad y los derechos de Alba. Además, la interpretación de los resultados se hizo cuidadosamente, considerando el contexto y las circunstancias específicas del caso.

El juicio se llevó a cabo en septiembre de 2022, y Elena Hernández declaró como perito. Después de su exhaustiva evaluación de la situación metal e intelectual de Alba, pudo acreditar que no tenía la capacidad intelectual suficiente como para idear, ejecutar de forma premeditada toda esa trama y manipular a Ismael para que cometiera el crimen.

Aquí podéis ver una pequeña parte de su intervención en el juicio:

 

 

En la sentencia emitida se recalcó la intervención de Elena. A continuación, se puede ver un fragmento de esta:

(…) existió un extenso debate en el acto del juicio por parte de los profesionales que emitieron sus respectivos informes. En este sentido, la psicóloga Elena Hernández Guerra, propuesta por la defensa, manifestó que ésta (Alba) “tiene el nivel justo de capacidades para establecer  relaciones  básicas,  para  dimensionar  e  integrar  y  analizar adecuadamente la información y para prever consecuencias” añadiendo que “por sus capacidades cognitivas y sus capacidades  puede mentir,  pero  inducir o manipular de una manera compleja, con previsión y planificación, no tiene esas capacidades, se mueve desde lo concreto”; y ello por entender que Alba tiene una baja capacidad intelectual, aunque no llega a la categoría de retraso mental. (…)

Frente a tales conclusiones, constan los informes emitidos por los médicos forenses, en clara contradicción con los anteriores, entendían que Alba tenía un nivel intelectual bajo, pero dentro de la normalidad, considerando que presentaba rasgos de personalidad dependiente, pero sin llegar al límite de trastorno mental. Ante la existencia de informes contradictorios, el Jurado atribuyó mayor credibilidad a los informes emitidos por el psiquiatra xxx y la psicóloga Elena Hernández.” (…)

Finalmente, el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) confirmó la absolución por jurado popular de Alba. Por unanimidad se consideró probado que Ismael había asesinado a su padre en pleno brote psicótico, y también por unanimidad se declaró no probado que la chica lo hubiera inducido a hacerlo.

Este caso es un buen ejemplo de por qué es importante evaluar la capacidad intelectual de los acusados y no sólo la presencia o ausencia de trastornos mentales.

La evaluación de la capacidad intelectual contribuye a la imparcialidad y la equidad en el sistema judicial, y no sólo promueve la justicia, sino que también destaca la importancia de abordar las complejidades del estado mental en el contexto legal.

Por ello, la importancia de contar con evaluaciones periciales psicológicas expertas en la evaluación de la discapacidad intelectual.


Algunos artículos en prensa del caso:

https://www.abc.es/espana/turno-peritos-forenses-acusacion-juicio-parricidio-vilanova-20221011213628-vi.html

https://www.elperiodico.com/es/vilanova-i-la-geltru/20231004/absolucion-chica-vilanova-acusada-inducir-amigo-esquizofrenia-matar-padre-92905067

https://www.iustel.com/diario_del_derecho/noticia.asp?ref_iustel=1237524

https://www.elperiodico.com/es/sociedad/20220929/juicio-induccion-asesinato-vilanova-76198329

https://www.elperiodico.com/es/sucesos/20220928/juicio-barcelona-asesinato-induccion-vilanova-75965639

https://www.lavanguardia.com/sucesos/20221021/8576234/sentencia-carcel-acusada-parricidio-vilanova.html


Autora:

Cristina Pallares (psicóloga colegiada 31962). [El artículo también se puede leer en la web de Psicotip y en Linkedin]

Este sitio web utiliza cookies para que usted tenga la mejor experiencia de usuario. Si continúa navegando está dando su consentimiento para la aceptación de las mencionadas cookies y la aceptación de nuestra política de cookies, pinche el enlace para mayor información.plugin cookies

ACEPTAR
Aviso de cookies